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Concurso de acreedores (España)

Índice Concurso de acreedores (España)

Un concurso de acreedores es un procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda.

17 relaciones: Auto judicial, Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, Concurso de acreedores, Convenio (derecho concursal), Dolo, Fernando VII de España, Herencia (Derecho), Ley concursal, Liquidación concursal, Ministro de Economía, Multinacional, Pago, Par conditio creditorum, Prior in tempore, potior in iure, Quiebra, Seguridad Social (España), Suspensión de pagos.

Auto judicial

El auto judicial o mandato judicial (también llamado en algunos ordenamientos sentencia interlocutoria) es una resolución judicial mediante la cual un juzgado o tribunal se pronuncia sobre peticiones de las partes, resolviendo las incidencias, es decir, las cuestiones diversas del asunto principal del litigio, pero relacionadas con él, que surgen a lo largo de un proceso jurisdiccional.

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Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, CNUDMI (o UNCITRAL, por su siglas en inglés United Nations Commission on International Trade Law; en francés Commission des Nations unies pour le droit commercial international (CNUDCI)) fue creada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2205 (XXI) del 17 de diciembre de 1966 «para promover la progresiva armonización y unificación del derecho mercantil internacional».

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Concurso de acreedores

Se denomina concurso de acreedores, convocatoria de acreedores o concurso preventivo al procedimiento judicial regulado por el Derecho concursal que tiene lugar cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la cual no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda.

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Convenio (derecho concursal)

Un convenio en derecho concursal es un acuerdo adoptado, en cumplimiento con las solemnidades legales, entre el deudor o fallido en situación concursal (deudor declarado en quiebra o suspensión de pagos) por una parte, y todos sus acreedores por otra, cuyo objeto es evitar o alzar la quiebra, obligando al deudor o al fallido y a todos sus acreedores, salvo los casos exceptuados legalmente.

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Dolo

En derecho, el dolo (variante en latín vulgar de la palabra clásica dolus) es la voluntad deliberada (elemento volitivo) de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud (elemento intelectivo, intelectual o cognitivo).

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Fernando VII de España

Fernando VII de España, llamado «el Deseado» y «el rey Felón» (San Lorenzo de El Escorial, 14 de octubre de 1784-Madrid, 29 de septiembre de 1833), fue rey de España entre 1808 y 1833.

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Herencia (Derecho)

La herencia, en la doctrina del Derecho, es el acto jurídico mediante el cual una persona dispone que, a su fallecimiento, se transmitan sus bienes, derechos y obligaciones (deudas) a otra(s) personas que, en conjunto, se denominan herederos(as).

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Ley concursal

La ley concursal es la denominación utilizada para designar al conjunto de normas sustantivas y procesales que regulan el procedimiento concursal de toda clase de deudores (personas físicas o jurídicas).

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Liquidación concursal

La liquidación es el proceso jurídico y contable por el cual una empresa llega a su fin.

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Ministro de Economía

El ministro de Finanzas, ministro de Hacienda o ministro de Economía es un alto funcionario del Poder Ejecutivo a cargo de un Ministerio de Finanzas, Ministerio de Hacienda o Ministerio de Economía, respectivamente.

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Multinacional

Una empresa multinacional, internacional o transnacional es aquella cuya empresa matriz fue creada y registrada en un país, pero que cuenta con filiales en diferentes países.

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Pago

En derecho, el pago es el cumplimiento de una obligación y el principal modo de extinguir las obligaciones.

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Par conditio creditorum

La Par conditio creditorum es una locución latina que significa ‘igual condición de crédito’.

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Prior in tempore, potior in iure

Prior in tempore, potior in iure es una expresión latina, que puede traducirse como "Primero en el tiempo, mejor en el Derecho", que hace referencia a un principio de Derecho, en virtud del cual, en el caso de existir controversia entre partes que alegan iguales derechos sobre una cosa (ejemplo: una hipoteca a su favor) se entiende que tiene preferencia en el derecho la parte que primero haya realizado un acto con eficacia jurídica (en el caso de una hipoteca, la que primero la haya inscrito en el Registro de la Propiedad).

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Quiebra

La quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una persona (persona física), empresa o institución (personas jurídicas) no puede hacer frente a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque estos son superiores a sus recursos económicos disponibles (activos).

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Seguridad Social (España)

La Seguridad Social de España es el conjunto de medidas adoptadas por el Estado para proteger a sus ciudadanos contra aquellas situaciones de concreción individual que jamás dejarán de presentarse por óptimas que sean las condiciones de la sociedad en las que vivan.

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Suspensión de pagos

Se denomina suspensión de pagos, insolvencia, cesación de pagos o default (en inglés: debt moratorium, latín debitorum moratoria), a la situación concursal en la cual se encuentra una persona, o una familia, o una empresa, o una sociedad mercantil o Estado (llamado Impago soberano), cuando no puede pagar la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores por falta de liquidez o dinero en efectivo.

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