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De oficio

Índice De oficio

Se denomina actuación de oficio a un trámite o diligencia administrativa o judicial que se inicia sin necesidad de actividad de parte interesada, es decir, no es a instancia de parte.

16 relaciones: Administración pública, Delito, Denuncia, Derecho civil, Derecho procesal penal, Derecho subjetivo, Juez, Ley, Ministerio público, Obligación jurídica, Policía, Potestad, Pro bono publico, Querella, Tribunal de justicia, Turno de oficio.

Administración pública

La Administración pública es un sistema que comprende el conjunto de comunicaciones y actividades del gobierno público y de las organizaciones públicas (estatales o no estatales), orientadas a los asuntos públicos mediante la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean del ámbito nacional, regional o local.

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Delito

El término delito se define como una acción típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad.

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Denuncia

Una denuncia es una declaración formal acerca de la comisión de una conducta contraria a Derecho (generalmente la comisión de algún delito o infracciones administrativas) dirigida a la autoridad competente para su investigación.

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Derecho civil

El derecho civil es la rama del derecho que, en general, regula las relaciones civiles o privadas de las personas.

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Derecho procesal penal

El derecho procesal penal es el conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el Estado y los particulares.

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Derecho subjetivo

Los derechos subjetivos son las facultades y potestades jurídicas inherentes de las personas por razón de la naturaleza, contrato y otra causa admisible en derecho.

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Juez

El juez o jueza es la persona que resuelve una controversia o que decide el destino de un imputado, tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un juicio, administrando justicia.

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Ley

La ley (lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda, determina o prohíbe algo en consonancia con la justicia, cuyo incumplimiento conlleva a una sanción, usualmente una pena.

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Ministerio público

Un ministerio público, ministerio fiscal, procuraduría general o fiscalía general es un organismo público que dentro de un sistema jurídico tiene la atribución de la dirección de la investigación de los hechos que revisten los caracteres de delito, de protección a las víctimas y testigos y de titularidad y sustento de la acción penal pública.

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Obligación jurídica

El Derecho de obligaciones es la rama del Derecho que se ocupa de todo, lo relacionado con la obligación jurídica.

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Policía

La policía es una fuerza de seguridad encargada de mantener el orden público y la seguridad de los ciudadanos mediante el uso de distintas herramientas cívicas y sociales, entre las cuales, el uso de la fuerza sería la última herramienta llevada a cabo para establecer el orden público.

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Potestad

Potestad, o también recientemente aceptado podestad, es un término jurídico que hace referencia a la autoridad legal, y posee un concepto híbrido entre poder, derecho y deber.

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Pro bono publico

Pro bono publico, generalmente abreviado como pro bono, es una expresión latina que significa «para el bien público».

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Querella

La querella es la forma por la cual un particular ejerce la acción penal y se vuelve parte de un proceso penal.

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Tribunal de justicia

El tribunal de justicia (juzgado o corte o simplemente tribunal) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada, de cumplir otros actos que las leyes que los organizan les puedan atribuir, los cuales forman parte de la jurisdicción voluntaria.

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Turno de oficio

El turno de oficio se refiere al servicio prestado por un abogado de oficio o abogado de turno a un ciudadano, defendiéndole ante un Tribunal de justicia de forma gratuita para el ciudadano.

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Actuacion de oficio, Actuación de oficio.

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