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Aprovechamiento (urbanismo)

Índice Aprovechamiento (urbanismo)

El aprovechamiento urbanístico, o derecho al aprovechamiento urbanístico, en el ámbito jurídico, en España, hay que conceptuarlo considerando para ello la subordinación de la propiedad del suelo a su fin social (cfr. art. 33.2 de la Constitución española) y también al mandato constitucional de hacer participar a la comunidad en las plusvalías que genere la acción urbanizadora de los entes públicos (cfr. el art. 47 de la Constitución Española de 1978).

25 relaciones: Administración pública, Aprovechamiento tipo, Capacidad, Comunidad autónoma, Constitución, Derecho, Derecho de España, Derecho de superficie, Derecho urbanístico, Derechos, España, Estatuto de la propiedad del suelo, Granada, Hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico, Hipoteca inmobiliaria, Ius aedificandi, Madrid, Obligación jurídica, Pamplona, Planeamiento urbanístico, Procedimiento administrativo, Propiedad, Sociedad, Suelo, 1978.

Administración pública

La Administración pública es un sistema que comprende el conjunto de comunicaciones y actividades del gobierno público y de las organizaciones públicas (estatales o no estatales), orientadas a los asuntos públicos mediante la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean del ámbito nacional, regional o local.

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Aprovechamiento tipo

En el urbanismo español, el aprovechamiento tipo es un parámetro usado para determinar los derechos urbanísticos que genera una determinada superficie de suelo afectado por una actuación urbanística.

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Capacidad

Capacidad se refiere a los recursos o actitudes que tiene un individuo, entidad o institución, para desempeñar una determinada tarea o cometido.

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Comunidad autónoma

En España, una comunidad autónoma (C. A.) es una entidad territorial que, dentro del actual ordenamiento jurídico constitucional, está dotada de autonomía, con instituciones y representantes propios y determinadas competencias legislativas, ejecutivas y administrativas, lo que la asimila en muchos aspectos a entidades federadas.

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Constitución

Una constitución (del latín constitutio, -ōnis) es un texto codificado de carácter jurídico-político, surgido de un poder constituyente, que tiene el propósito de constituir una separación de poderes, definiendo y creando los poderes constituidos (legislativo, ejecutivo y judicial), que anteriormente estaban unidos o entremezclados, y sus respectivos controles y equilibrios (checks and balances), además de ser la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las normas jurídicas, fundamentando —según el normativismo— todo el ordenamiento jurídico, incluye el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos, también delimitando los poderes e instituciones de la organización política.

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Derecho

El derecho puede definirse como un sistema de principios y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan la conducta humana en toda sociedad y cuyo cumplimiento puede imponerse de forma coactiva por el poder público.

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Derecho de España

El derecho español es el ordenamiento jurídico que rige en el Reino de España, entendiendo por tal el territorio español, sus aguas territoriales, consulados y embajadas, y también el interior de embarcaciones civiles con bandera española en es territorio internacional.

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Derecho de superficie

El derecho de superficie se puede definir como derecho real temporal que comprende la facultad de construir sobre el suelo, sobre el vuelo o en el subsuelo de otro, con derecho a apropiarse de lo que ha sido construido en plazo.

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Derecho urbanístico

El Derecho urbanístico es una rama del Derecho administrativo formada por el conjunto de normas jurídicas que regulan el urbanismo, la ordenación del territorio y el uso del suelo, y por tanto fijan las concretas facultades y obligaciones del propietario del suelo.

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Derechos

Derechos, en plural, es lo que se concede o reconoce a un sujeto de derecho (independientemente de que haya sido exonerado o no por él); a diferencia de derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico.

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España

España, también denominado Reino de España, es un país soberano transcontinental, constituido en Estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Es uno de los veintisiete Estados soberanos que forman la Unión Europea. Su territorio, con capital en Madrid, está organizado en diecisiete comunidades autónomas, formadas a su vez por cincuenta provincias, y dos ciudades autónomas. España se sitúa principalmente en el suroeste de Europa, si bien también tiene presencia en el norte de África. En Europa, ocupa la mayor parte de la península ibérica, conocida como España peninsular, y las islas Baleares (en el mar Mediterráneo). En África se hallan las ciudades de Ceuta y Melilla, las islas Canarias (en el océano Atlántico) y varias posesiones mediterráneas denominadas «plazas de soberanía». El municipio de Llivia, en los Pirineos, constituye un exclave rodeado totalmente por territorio francés. Completa el conjunto de territorios una serie de islas e islotes frente a las propias costas peninsulares. Tiene una extensión de 505 370 km, por lo que es el cuarto país más extenso del continente, y con una altitud media de sobre el nivel del mar, uno de los países más montañosos de Europa. Su población casi llega a los 48 millones y medio de habitantes, aunque la densidad de población es reducida si se compara con el contexto europeo. Concretamente, la población durante el tercer trimestre de 2023 llegó hasta los. El territorio peninsular comparte fronteras terrestres con Francia y con Andorra al norte, con Portugal al oeste y con Gibraltar al sur. En sus territorios africanos, comparte fronteras terrestres y marítimas con Marruecos. Comparte con Francia la soberanía sobre la isla de los Faisanes en la desembocadura del río Bidasoa y cinco facerías pirenaicas.Dichas facerías no son estrictamente un acuerdo de cosoberanía, ya que afectan a territorio español, sino un acuerdo de aprovechamiento compartido de los recursos. El artículo 3.1 de su Constitución establece que «el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla». En 2012, era la lengua materna del 82 % de los españoles. Según el artículo 3.2, «las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos». El idioma español o castellano, segunda lengua materna más hablada del mundo con 500 millones de hispanohablantes nativos, y hasta casi los 600 millones incluyendo hablantes con competencia limitada, es uno de los más importantes legados del acervo cultural e histórico de España en el mundo. Perteneciente culturalmente a la Europa Latina y heredero de una vasta influencia grecorromana, España alberga también la cuarta colección más numerosa del mundo de sitios declarados Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. Es un país desarrollado —goza de la cuarta esperanza de vida más elevada del mundo— y de altos ingresos, cuyo producto interior bruto coloca a la economía española en la decimocuarta posición mundial (2021). Gracias a sus características únicas, España es una gran potencia turística y se erige como el segundo país más visitado del mundo —más de 83 millones de turistas en 2019— y el segundo país del mundo en ingresos económicos provenientes del turismo internacional. Tiene un índice de desarrollo humano muy alto (0,904), según el informe de 2020 del Programa de la ONU para el Desarrollo. España también tiene una notable proyección internacional a través de su pertenencia a múltiples organizaciones internacionales como Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Organización Mundial del Comercio, la Organización de Estados Iberoamericanos, la OCDE, la OTAN y la Unión Europea —incluidos dentro de esta al espacio Schengen y la eurozona—, además de ser miembro de facto del G20. La primera presencia constatada de homínidos del género ''Homo'' se remonta a 1,2 millones de años antes del presente, como atestigua el descubrimiento de una mandíbula de un ''Homo'' aún sin clasificar en el yacimiento de Atapuerca.Bermúdez de Castro, José María; Martinón Torres, María; Gómez Robles, Aída; Prado-Simón, Leyre; Martín Francés, Laura; Lapresa, María; Olejniczak, Anthony y Carbonell, Eudald (2011) «». Journal of Human Evolution, 61 (1): 12-25 En el, se produjo la intervención romana en la Península, lo que conllevó a una posterior conquista de lo que, más tarde, se convertiría en Hispania. En el Medievo, la zona fue conquistada por distintos pueblos germánicos y por los musulmanes, llegando estos a tener presencia durante algo más de siete centurias. Es en el, con la unión dinástica de las Coronas de Castilla y Aragón y la culminación de la Reconquista, junto con la posterior anexión navarra, cuando se puede hablar de la cimentación de «España», como era denominada en el exterior. Ya en la Edad Moderna, los monarcas españoles gobernaron el primer imperio de ultramar global, que abarcaba territorios en los cinco continentes, dejando un vasto acervo cultural y lingüístico por el globo. A principios del, tras sucesivas guerras en Hispanoamérica, pierde la mayoría de sus territorios en América, acrecentándose esta situación con el desastre del 98. Durante este siglo, se produciría también una guerra contra el invasor francés, una serie de guerras civiles, una efímera república reemplazada nuevamente por una monarquía constitucional y el proceso de modernización del país. En el primer tercio del, se proclamó una república constitucional. Un golpe de Estado militar fallido provocó el estallido de una guerra civil, cuyo fin dio paso a la dictadura de Francisco Franco, finalizada con la muerte de este en 1975, momento en que se inició una transición hacia la democracia. Su clímax fue la redacción, ratificación en referéndum y promulgación de la Constitución de 1978. Acrecentado significativamente durante el llamado «milagro económico español», el desarrollo económico y social del país ha continuado a lo largo del vigente periodo democrático.

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Estatuto de la propiedad del suelo

El estatuto de la propiedad del suelo viene a ser un límite al carácter monopolístico y expansivo del derecho de propiedad, que se establece sólo cuando la propiedad recae sobre el bien suelo, y que se alcanza fijando la capacidad de contener edificaciones que el mismo tiene atribuida por el Planeamiento urbanístico, dentro del marco delimitado por las directrices sobre la ordenación del territorio que vienen establecidas en las leyes, y demás disposiciones de carácter general, emanadas del poder público.

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Granada

Granada es una ciudad y municipio español, capital de la provincia homónima, en la comunidad autónoma de Andalucía.

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Hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico

La hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico, en España, permite poder acceder al crédito territorial a quienes no son propietarios del suelo, entendido este como terreno stricto sensu, y ello sería posible por la vía del gravamen del ius aedificandi, representado por los derechos edificatorios (metros-techo) generados por la acción urbanizadora durante la ejecución del planeamiento urbanístico y la ordenación del territorio.

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Hipoteca inmobiliaria

La hipoteca inmobiliaria es un derecho real de garantía que recae, de forma exclusiva, sobre bienes inmuebles y confiere a su titular un derecho de realización de valor de los inmuebles hipotecados con el fin de asegurar el cumplimiento de la obligación garantizada por la hipoteca.

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Ius aedificandi

Ius aedificandi es una expresión latina, que proviene del Derecho romano, y literalmente se traduce como derecho a edificar, aunque su verdadero significado, entendido de manera más precisa, sería derecho a edificar haciendo propio lo edificado.

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Madrid

Madrid es un municipio y una ciudad de España.

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Obligación jurídica

El Derecho de obligaciones es la rama del Derecho que se ocupa de todo, lo relacionado con la obligación jurídica.

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Pamplona

Pamplona (oficialmente Pamplona / Iruña; en euskera, según la Real Academia de la Lengua Vasca: Iruñea) es un municipio y ciudad española, capital de Navarra.

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Planeamiento urbanístico

El planeamiento urbanístico o planificación urbana es el conjunto de instrumentos técnicos y normativos que se redactan para ordenar el uso del suelo y regular las condiciones para su transformación o, en su caso, conservación.

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Procedimiento administrativo

El procedimiento administrativo es una causa formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin determinado; en el cual se fijan los objetivos y metas a lograr.

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Propiedad

La propiedad o dominio es un poder directo e inmediato sobre una cosa, que atribuye a su titular la capacidad de gozar y disponer de la cosa sin más limitaciones que las que establezcan las leyes.

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Sociedad

El término sociedad (del latín societas) se refiere a un concepto polisémico que designa a un tipo particular de agrupación de individuos que se produce tanto entre los humanos (sociedad humana o sociedades humanas, en plural) como entre algunos animales (sociedades animales).

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Suelo

Se denomina suelo a la parte superficial de la corteza terrestre, biológicamente activa, que proviene de la desintegración o alteración física o química de las rocas y de los residuos de las actividades de seres vivos que se asientan sobre él.

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1978

  1978 fue un año común comenzado en domingo según el calendario gregoriano.

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Aprovechamiento urbanistico, Aprovechamiento urbanístico.

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