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Legítima

Índice Legítima

En el Derecho sucesorio, se llama Legítima a aquella porción de bienes de que el testador (persona que hace el testamento) no puede disponer por haberla reservado, la Ley a determinados herederos, llamados por ello 'herederos forzosos' o 'legitimarios'.

19 relaciones: ABC (periódico), Bien económico, Código Civil de España, Cónyuge, Consanguinidad, Derecho de España, Derecho de sucesiones, Descendencia, Donación, El Mundo (España), El País, Familia, Herencia (Derecho), Inter vivos, Legado (derecho), Ley, Preterición (derecho), Testamento, Viudez.

ABC (periódico)

ABC es un diario español de tendencia conservadora.

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Bien económico

Los bienes económicos o bienes escasos, por oposición a los bienes libres, son aquellos que se adquieren en el mercado, generalmente pagando un precio por ellos y que satisface directa o indirectamente una necesidad.

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Código Civil de España

El Código Civil de España es el código civil español vigente desde 1889.

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Cónyuge

En derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas que forman parte de un matrimonio.

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Consanguinidad

Consanguinidad es la relación de sangre entre dos personas: los parientes consanguíneos son aquellos que comparten sangre por tener algún pariente común; los parientes no consanguíneos son aquellos que no presentan un vínculo de sangre, pero que son parientes por un vínculo legal (matrimonio o adopción).

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Derecho de España

El derecho español es el ordenamiento jurídico que rige en el Reino de España, entendiendo por tal el territorio español, sus aguas territoriales, consulados y embajadas, y también el interior de embarcaciones civiles con bandera española en es territorio internacional.

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Derecho de sucesiones

El derecho de sucesiones o derecho sucesorio es aquella parte del derecho privado que regula la sucesión mortis causa y determina el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.

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Descendencia

En biología, las crías o guacharros, en el Diccionario de la Real Academia Española.

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Donación

La donación es el acto que consiste en dar fondos u otros bienes materiales, generalmente por razones de caridad.

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El Mundo (España)

El Mundo, antes denominado El Mundo del Siglo XXI, es un periódico y diario español.

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El País

El País es un periódico español fundado en 1976.

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Familia

La familia es un grupo de personas formado por individuos unidos, y primordialmente vinculados por relaciones de filiación o de pareja.

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Herencia (Derecho)

La herencia, en la doctrina del Derecho, es el acto jurídico mediante el cual una persona dispone que, a su fallecimiento, se transmitan sus bienes, derechos y obligaciones (deudas) a otra(s) personas que, en conjunto, se denominan herederos(as).

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Inter vivos

Inter vivos es una expresión latina que se utiliza en derecho para referirse a aquellos actos jurídicos que se producen entre personas vivas, en contraposición a los actos mortis causa.

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Legado (derecho)

Se denomina legado o manda al acto a través del cual una persona en su testamento, decide repartir una parte muy concreta de sus bienes a otra persona determinada.

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Ley

La ley (lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda, determina o prohíbe algo en consonancia con la justicia, cuyo incumplimiento conlleva a una sanción, usualmente una pena.

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Preterición (derecho)

La preterición, en el Derecho de sucesiones, es el olvido u omisión de un heredero forzoso en el testamento del causante.

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Testamento

Un testamento (del latín testario mentis 'testimonio de la voluntad') es el acto jurídico por el cual una persona estipula quién o quiénes serán las personas (familiar o un tercero) que podrán disponer de todos sus bienes al momento de su muerte.

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Viudez

La viudez o viudedad es el estado de haber perdido al cónyuge por fallecimiento; si es un varón se le llama viudo, y si es mujer, viuda.

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