17 relaciones: Auto judicial, Cosa juzgada, Derecho de España, Derecho procesal civil (España), Derecho procesal penal, Juez, Justicia, Latín, Litisconsorcio, Litispendencia, Parte (derecho), PDF, Poder judicial de España, Proceso judicial, Resolución judicial, Sentencia, Tribunal de justicia.
Auto judicial
El auto judicial o mandato judicial (también llamado en algunos ordenamientos sentencia interlocutoria) es una resolución judicial mediante la cual un juzgado o tribunal se pronuncia sobre peticiones de las partes, resolviendo las incidencias, es decir, las cuestiones diversas del asunto principal del litigio, pero relacionadas con él, que surgen a lo largo de un proceso jurisdiccional.
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Cosa juzgada
La cosa juzgada (del latín res iudicata) es el efecto impeditivo que, en un proceso judicial, ocasiona la preexistencia de una sentencia judicial firme dictada sobre el mismo objeto.
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Derecho de España
El derecho español es el ordenamiento jurídico que rige en el Reino de España, entendiendo por tal el territorio español, sus aguas territoriales, consulados y embajadas, y también el interior de embarcaciones civiles con bandera española en es territorio internacional.
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Derecho procesal civil (España)
El derecho procesal civil de España es una rama del derecho procesal que regula la actuación ante los tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil.
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Derecho procesal penal
El derecho procesal penal es el conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el Estado y los particulares.
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Juez
El juez o jueza es la persona que resuelve una controversia o que decide el destino de un imputado, tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un juicio, administrando justicia.
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Justicia
La justicia (del latín iustitĭa', que, a su vez; viene de ius —derecho— y significa en su acepción propia «lo justo») tiene varias acepciones en el Diccionario de la lengua española.
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Latín
El latín (autoglotónimo: Lingua Latina o Latīnum; en griego clásico: Λατινικὴ ɣλῶττα; en neogriego: Λατινική γλώσσα o Λατινικά) es una lengua itálica perteneciente al subgrupo latino-falisco, y a su vez a la familia de las lenguas indoeuropeas, que fue hablada en la Antigua Roma y posteriormente durante la Edad Media y la Edad Moderna, llegando hasta la Edad Contemporánea, pues se mantuvo como lengua científica hasta el.
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Litisconsorcio
Existe litisconsorcio cuando en un litigio una o ambas partes están compuestas por varios sujetos.
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Litispendencia
Litispendencia es una expresión española que se traduce como "litigio pendiente", utilizada en Derecho para señalar que existe un juicio pendiente, entre las mismas partes y sobre una misma materia.
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Parte (derecho)
En derecho, una parte es cada una de las posiciones que puede haber enfrentadas en un litigio (juicio, arbitraje o conciliación) o que celebran un contrato o un tratado internacional.
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PDF (siglas en inglés de Portable Document Format, 'formato de documento portátil') es un formato de almacenamiento para documentos digitales independientes de plataformas de software o hardware.
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Poder judicial de España
El Poder judicial de España es uno de los tres poderes que conforman el Reino de España.
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Proceso judicial
Los actos jurídicos son del Estado (como soberano), de las partes interesadas (actor y demandado) y de los terceros ajenos a la relación sustancial.
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Resolución judicial
La resolución u orden judicial es el acto procesal proveniente de un tribunal, mediante el cual resuelve las peticiones de las partes, o autoriza u ordena el cumplimiento de determinadas medidas.
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Sentencia
La sentencia es la resolución judicial que contiene la decisión del juez o el tribunal interviniente sobre el fondo de la cuestión que se le ha encargado juzgar.
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Tribunal de justicia
El tribunal de justicia (juzgado o corte o simplemente tribunal) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada, de cumplir otros actos que las leyes que los organizan les puedan atribuir, los cuales forman parte de la jurisdicción voluntaria.
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