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Crédito territorial e Hipoteca de máximo

Accesos rápidos: Diferencias, Similitudes, Coeficiente de Similitud Jaccard, Referencias.

Diferencia entre Crédito territorial e Hipoteca de máximo

Crédito territorial vs. Hipoteca de máximo

El crédito territorial es una modalidad de producto financiero que, en esencia, se caracteriza por la clase de garantía con la que se asegura la devolución del préstamo o crédito al acreedor, que normalmente es una entidad de crédito (banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito, o). Y esa clase de garantía tiene que ser de naturaleza real, una garantía real (normalmente hipoteca), y recaer sobre bienes inmuebles, como fincas rústicas y urbanas, terrenos, viviendas, locales, naves industriales, etc., incluso fincas especiales (como, por ejemplo, el derecho de superficie o el aprovechamiento urbanístico). La hipoteca de máximo, es una excepción al dogma de la accesoriedad de la hipoteca que en el Derecho español se reconoce y regula en el artículo 153 de la Ley Hipotecaria.

Similitudes entre Crédito territorial e Hipoteca de máximo

Crédito territorial e Hipoteca de máximo tienen 9 cosas en común (en Unionpedia): Crédito, Finca, Finca registral, Hipoteca, Hipoteca condicional, Hipoteca de máximo, Hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico, Hipoteca recarga, Registro de la propiedad.

Crédito

El crédito o contrato de crédito es una operación financiera en la que una persona (el acreedor) realiza un préstamo por una cantidad determinada de dinero a otra persona (el deudor) y en la que este último, se compromete a devolver la cantidad solicitada en el tiempo o plazo definido, además de pagar intereses devengados, seguros y costos asociados si los hubiere, de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato de dicho préstamo.

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Finca

Una finca, también denominada en derecho fundo o predio, es una propiedad inmueble que se compone de una porción delimitada de terreno.

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Finca registral

La finca registral es un objeto del derecho.

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Hipoteca

La hipoteca es un derecho real de garantía, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo), que confiere a su titular un derecho de realización de valor de un bien, (generalmente inmueble) el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta forzosa del bien gravado con la hipoteca, cualquiera que sea su titular en ese momento (reipersecutoriedad) para, con su importe, hacerse pago del crédito debido, hasta donde alcance el importe obtenido con la venta forzosa promovida para la realización de los bienes hipotecados.

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Hipoteca condicional

La hipoteca condicional, acogida en Resoluciones de fecha 2 y 3 de septiembre de 2005, por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del español, es una hipoteca de las llamadas de seguridad, o de máximo, atípica (al menos en los ordenamientos jurídicos de raíz románica), además de ser indeterminada, preventiva, divisible y modalizada en el tiempo, en función del cumplimiento de hechos externos de imposible registración.

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Hipoteca de máximo

La hipoteca de máximo, es una excepción al dogma de la accesoriedad de la hipoteca que en el Derecho español se reconoce y regula en el artículo 153 de la Ley Hipotecaria.

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Hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico

La hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico, en España, permite poder acceder al crédito territorial a quienes no son propietarios del suelo, entendido este como terreno stricto sensu, y ello sería posible por la vía del gravamen del ius aedificandi, representado por los derechos edificatorios (metros-techo) generados por la acción urbanizadora durante la ejecución del planeamiento urbanístico y la ordenación del territorio.

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Hipoteca recarga

La hipoteca recarga o hipoteca recargable, en derecho español, puede conceptuarse como aquella hipoteca ordinaria, o hipoteca de tráfico, que, constituida a partir del 8 de diciembre de 2007, fecha de entrada en vigor de la norma de su creación para España, que lo fue el párrafo núm.

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Registro de la propiedad

El Registro de la Propiedad es una institución pública destinada a crear titularidades en virtud de poder público y a la publicidad de la situación jurídica de los inmuebles, con la finalidad de proteger el tráfico jurídico.

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La lista de arriba responde a las siguientes preguntas

Comparación de Crédito territorial e Hipoteca de máximo

Crédito territorial tiene 17 relaciones, mientras Hipoteca de máximo tiene 27. Como tienen en común 9, el índice Jaccard es 20.45% = 9 / (17 + 27).

Referencias

En este artículo se encuentra la relación entre Crédito territorial e Hipoteca de máximo. Si desea acceder a cada artículo del que se extrajo la información visite:

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