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Acuerdo y Equivalente jurisdiccional

Accesos rápidos: Diferencias, Similitudes, Coeficiente de Similitud Jaccard, Referencias.

Diferencia entre Acuerdo y Equivalente jurisdiccional

Acuerdo vs. Equivalente jurisdiccional

Acuerdo es, en Derecho, la decisión tomada en común por dos o más personas, o por una junta, asamblea o tribunal. El equivalente jurisdiccional es un medio diverso de la jurisdicción apto para la legítima solución de los conflictos.

Similitudes entre Acuerdo y Equivalente jurisdiccional

Acuerdo y Equivalente jurisdiccional tienen 2 cosas en común (en Unionpedia): Contrato, Tribunal de justicia.

Contrato

Un contrato (antiguamente «contracto», este del latín contractus) es un acuerdo legal, oral o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad jurídica (partes del contrato), que se vinculan en virtud del mismo, regulando sus relaciones a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.

Acuerdo y Contrato · Contrato y Equivalente jurisdiccional · Ver más »

Tribunal de justicia

El tribunal de justicia (juzgado o corte o simplemente tribunal) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada, de cumplir otros actos que las leyes que los organizan les puedan atribuir, los cuales forman parte de la jurisdicción voluntaria.

Acuerdo y Tribunal de justicia · Equivalente jurisdiccional y Tribunal de justicia · Ver más »

La lista de arriba responde a las siguientes preguntas

Comparación de Acuerdo y Equivalente jurisdiccional

Acuerdo tiene 78 relaciones, mientras Equivalente jurisdiccional tiene 19. Como tienen en común 2, el índice Jaccard es 2.06% = 2 / (78 + 19).

Referencias

En este artículo se encuentra la relación entre Acuerdo y Equivalente jurisdiccional. Si desea acceder a cada artículo del que se extrajo la información visite:

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