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1 relación: Aparcería.
Aparcería
El contrato de aparcería (del latín apartiarius, «a partes», «a la parte») es aquel contrato de tipo asociativo por el cual el propietario (cedente aparcero, arrendatario o enfiteuta) de una finca rústica encarga a una persona física (cesionario aparcero o simplemente aparcero) la explotación agrícola de dicha finca a cambio de un porcentaje en los resultados.

